domingo, 11 de enero de 2009

EL RETA Y LAS OBLIGACIONES FISCALES





Todos los traductores que figuren dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) tienen que tener sus pagos al corriente con la Agencia Española de Administración Tributaria. De hecho, habrá empresas que le soliciten al traductor el certificado de contratistas y subcontratistas.


EL CERTIFICADO DE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS


Dicho certificado refleja si el traductor autónomo es un moroso de cara a la Hacienda Pública o bien si ha pagado sus correspondientes impuestos. Así es como el cliente evita tener que pagar impuestos que no le correspondan. El cliente podrá pedirnos el certificado cuando requiera nuestros servicios, lo mismo deberemos hacer nosotros cuando queramos contratar servicios de otros traductores.


El Certificado de Contratistas y Subcontratistas se puede descargar desde la página de la AEAT (http://www.aeat.es/). Una vez cumplimentados todos nuestros datos y los del cliente recibiremos el documento vía correo postal y tendrá una validez de un año.

FOTO: GOOGLE.

viernes, 2 de enero de 2009

Obligaciones del Traductor autónomo



El traductor autónomo tiene la obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF. Estos pagos se realizan a través de la presentación trimestral del modelo 130 (IRPF).


Del mismo modo también se tiene que presentar el modelo 300 correspondiente al IVA.


A su vez, se deben presentar también los modelos anuales (1.5-30.6) D-100 (IRPF) y 390 (IVA).


Lo más fácil para el traductor es que confíe estas tareas a una agencia o gestoría, así podrá centrarse completamente en su trabajo y estará tranquilo sabiendo que cumple con sus obligaciones fiscales.


El traductor deberá asegurarse de que pide facturas y guarda recibos de todo lo que necesita para su actividad profesional (materiales, sueldos, luz, internet, cuota de seguridad social...). También deberá presentar las facturas que él mismo expida, por ello es aconsejable que el traductor tenga bien ordenados sus documentos y que estos estén accesibles en cualquier momento.
Imágenes: Google.

miércoles, 17 de diciembre de 2008

Citación a procedimientos judiciales





Quiero aprovechar esta nueva entrada para relataros un hecho ocurrido hace poco.




El mes pasado recibí una citación de un juzgado del norte de España. En dicha citación sólo se me convocaba a declarar como testigo en un juicio (para ratificar una traducción jurada). No se me dio más información que esa. Por lo que a continuación yo me puse en contacto con el juzgado para pedir más referencias sobre el caso. Esto no fue posible pues ni ellos mismos sabían qué parte me había propuesto como testigo. Entonces localicé los teléfonos de los demandantes y demandados, ninguno respondió al teléfono, de manera que tuve que dejar mensajes de voz explicando mi interés por saber de qué se trataba e informando de que me iba a ser imposible desplazarme hasta allí.




Después de esperar dos semanas y sin tener noticias de ninguno de ellos, volví a llamar al juzgado, esta vez para preguntar sobre el procedimiento a seguir si no me era posible personarme allí. Me dijeron que lo mejor era enviar un escrito al juzgado en el que se explique el motivo de la no comparecencia y solicitando el servicio de videoconferencia. Eso hice.


No hubo noticias por parte del juzgado hasta que un día antes del juicio decidí llamar de nuevo. Me dijeron que estuviera tranquila, que quízá no solicitaban la ratificación, que dejara pasar el juicio y que ellos me llamarían para informarme sobre lo que ocurriera. Así fue. Al día siguiente del juicio me llamaron para decirme no hizo falta mi ratificación y que ya no tenía que preocuparme.




Quiero que este relato sirva a todos los traductores jurados que se vean en esta misma situación. No hagáis ningún viaje para tales fines si no sabéis quién os propone para declarar y quién va a pagar todos los gastos que conlleve. Además siempre que sea posible es conveniente solicitar la videoconferencia para evitar molestias innecesarias.




¡Espero que mi experiencia os sirva de ayuda!




¿Alguien tiene una historia parecida a esta que contar?
Imágenes: Google.

viernes, 12 de diciembre de 2008

PROBLEMAS PRÁCTICOS DE LA TRADUCCIÓN JURADA


Esta entrada quiero utilizarla esta vez para recomendaros una lectura que sin duda no dejará indiferentes a los traductores jurados (tanto iniciados como avanzados) que quieran ampliar conocimientos o incluso escrutar los caminos de la difícil tarea de la traducción jurada.

Se trata de una obra cuyo autor es un antiguo profesor de mi Facultad de Traducción e Interpretación (Granada), Roberto Mayoral Asensio, Translating Official Documents (Manchester, St. Jerome Publishing, 2003). Esta se compone de diez capítulos en los que explica y resuelve asuntos relacionados con dicha actividad.
Gracias a su gran experiencia en este campo resulta una herramienta muy útil para todos aquellos traductores que alguna vez se han enfrentado a textos complejos. Todo un compendio de recomendaciones, ejemplos reales y soluciones prácticas referidas a nuestra disciplina.


¡Espero que os sirva!
Imágenes: FreeFoto.com

viernes, 5 de diciembre de 2008

LA RESPONSABILIDAD DEL TRADUCTOR JURADO


Al firmar y sellar una traducción, el traductor se responsabiliza de esta. Es posible que a un traductor jurado le pidan que firme y selle una traducción que no ha sido traducida por este. En ese caso, el traductor jurado deberá revisar el contenido completo de la traducción y adaptarla al formato y a las exigencias de las traducciones juradas antes de proceder a firmarla y sellarla.


¡OJO!:
Una vez que esté firmada y sellada, la responsabilidad total sobre el contenido y la correspondencia de la traducción pasará al traductor jurado.


El traductor jurado sólo puede certificar que una traducción corresponde al texto del documento original pero nunca podrá certificar la veracidad y autenticidad de dicho documento original. Para ello será necesaria la actuación de un notario, pues el traductor no tiene competencias notariales.


Más información acerca de asuntos relacionados con la actividad del traductor jurado aquí.
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sábado, 29 de noviembre de 2008

LA TRADUCCIÓN JURÍDICA






La modalidad que predomina en la traducción jurídica es la traducción escrita, puesto que se trabaja a base de documentos escritos .


Otra modalidad es la traducción a la vista que se emplea durante los juicios, tanto para leer actas como para traducir a vista algún documento o ante notarios cuando se va a firmar un texto en otro idioma.



La interpretación es otra modalidad de esta especialidad. La interpretación simutánea o consecutiva es frecuente ante tribunales, y la interpretación de enlace se utiliza en reuniones, careos, interrogatorios, etc.






Obstáculos de la Traducción Jurídica

Los documentos jurídicos suelen tener un lenguaje opaco porque suelen ser muy técnicos. Hay que tener unos conocimientos previos para poder comprenderlo. El lenguaje jurídico tiene una sintaxis y una terminología específica que hay que conocer para poder hacer la traducción correctamente. Cada documento jurídico tiene además una estructura específica.


El lenguaje jurídico no es el mismo para cada país, pues es el resultado de la tradición jurídica de cada lugar. Hay que estudiar el Derecho de cada país para poder reconocer los conceptos particulares, políticos y sociales propios.


El Proceso de Traducción Jurídica

Al comenzar una traducción jurídica el traductor deberá plantearse si:


- tiene la formación al respecto

- debe recabar alguna información

- conoce los problemas que plantea el texto (términos, temas...)

- dispone de los documentos de referencia que vas a necesitar

- dispone de los dispositivos informáticos para realizarla


Sin duda, la experiencia y la traducción diaria de documentos jurídicos hará que el traductor sea cada vez más eficiente y rápido a la hora de reconocer estructuras y expresiones jurídicas. No obstante, deberá ver cuáles son sus mayores dificultades en este proceso para intentar mejorar dichas competencias y así poder llevar a cabo su trabajo con la mayor exactitud.

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viernes, 28 de noviembre de 2008

Proceso de envío de traducciones juradas

Papel timbrado
Normalmente las traducciones juradas se realizan sobre papel timbrado (serie 8a), aunque esto no es obligatorio. Este papel se puede adquirir en estancos. Actualmente su precio es de 0,03 Euros por unidad.


Envío

Se envían por correo postal (pues el cliente tiene que estar en posesión de la traducción original sellada y firmada). Sin duda, lo ideal sería que los documentos (traducción y originales) fueran incluidos en un sobre tamaño A4, aunque esto sólo será recomendable si dicho sobre es rígido (sale un poco más caro). Si no es así, será mejor enviarlo en un sobre tamaño cuartilla donde los documentos irían doblados por la mitad. De esta manera se evita que las traducciones lleguen deterioradas a su destino.






Modalidad de envío

Siempre es aconsejable que los envíos se hagan dentro de la fecha prevista y a ser posible en modalidad urgente (al cliente le gustará recibir el trabajo antes de lo que espera).


Decisión del traductor

Estos detalles que aquí aconsejo pueden suponer un gasto adicional que no todos los traductores están dispuestos a asumir. Por lo que será una decisión que el propio traductor deberá tomar, a no ser que haya acordado otra cosa con el cliente.

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