martes, 8 de noviembre de 2011

FACTURACIÓN PARA EL EXTRANJERO


Hola a todos/as,

Sé que muchos de vosotros también os habréis topado con alguna que otra traducción de este tipo. Seguramente os habéis preguntado cómo facturar estas traducciones y si debéis aplicar IVA/IRPF. En España ahora estamos aplicando el 18% en concepto de IVA y el 15% en concepto de IRPF.

Para empezar, hay que distinguir los operadores extracomunitarios de los intracomunitarios. En el caso de los extracomunitarios no se les aplica nada de nada. (eso es fácil de recordar)

A los intracomunitarios se les factura sin IVA y sin IRPF y se les pide su Nº VAT que es un número que obtienen todos aquellos que están inscritos en el Registro de Operadores Intracomunitarios. De manera que en la factura aparecerá tanto el VAT Nº como nuestro CIF/NIF y los demás datos imprescindibles.

En caso de que los ingresos provinientes de clientes extranjeros supere el 30% de los ingresos obtenidos, entonces hay que hacer una declaración trimestral que lo refleje.

¡Espero haber resuelto vuestras dudas!

Hasta la próxima

Imágenes: Google


2 comentarios:

Agnes Lenkey dijo...

Hola Traduwoman,

Gracias por tus escritos, ¡siempre me ayudan!

¿Cómo era lo de los clientes privados? Algo me han dicho cuando me di de alta que "si más de 70% de tus facturas van a empresas" y yo he dicho que sí. Pero a veces hay algún privado, y nunca sé qué debo hacer. Para personas privadas residentes en España no se puede aplicar obviamente el IRPF, ¿pero el IVA tampoco? ¿Y a un cliente privado de Alemania?

Muchas gracias por tu respuesta,

Agnes Lenkey

Unknown dijo...

Buenos días
muy bueno el blog
Me gustaria contactarte para una promoción


impacttranslationservice.com